Fidelidad conyugal en el Código Civil: una obligación sin castigo
El artículo 68 del Código Civil obliga a los cónyuges a guardarse fidelidad, pero incumplirlo no es delito desde 1978 ni causa de divorcio desde 2005. En 1999 el Tribunal Supremo rechazó indemnizar el daño moral causado por la infidelidad; desde la reforma de 2005, parte de la doctrina y algunas audiencias provinciales discuten si cabe responsabilidad civil.
Lo que tratará el artículo completo
- ¿Qué dice exactamente el artículo 68 del Código Civil?
- ¿Qué consecuencias tiene hoy incumplir el deber de fidelidad?
- ¿Qué decidió el Tribunal Supremo en 1999?
- ¿Cambió el debate tras el divorcio sin causa de 2005?
- ¿Por qué se mantiene un deber legal sin sanción?
Preguntas frecuentes
- ¿La infidelidad afecta al reparto de bienes?
- ¿Se puede pedir la nulidad del matrimonio por infidelidad?
- ¿Qué es el daño moral por infidelidad?
- ¿Rige el deber de fidelidad en las parejas de hecho?
Fuentes
- boe.es — https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763
- legaltoday.com — https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-civil/familia/la-infidelidad-conyugal-y-el-resarcimiento-de-los-danos-causados-por-ella-2014-06-18/
- boe.es — https://boe.es/boe/dias/2005/07/09/pdfs/A24458-24461.pdf
Información general, no es asesoramiento jurídico ni religioso.