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Inquisición, despenalización del adulterio en 1978, divorcio y parejas de hecho: España ha cambiado de moral en dos generaciones. Estos son los temas que fornication.info trata para España.

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Religión

Qué entiende la Iglesia católica por fornicación

El Catecismo de la Iglesia católica define la fornicación, en su número 2353, como la unión carnal entre un hombre y una mujer fuera del matrimonio, y la trata como una falta contra la castidad dentro del sexto mandamiento. La distingue del adulterio (n. 2380), que implica a una persona casada, y de la lujuria en general (n. 2351).

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Tomás de Aquino y la «fornicación simple»: una cuestión teológica

En la Suma teológica (II-II, cuestión 154), Tomás de Aquino dedica un artículo a preguntar si la fornicación simple, la relación entre personas no casadas, es pecado mortal, y responde que sí, en el marco de su análisis de las especies de la lujuria. Su doctrina influyó en la teología moral católica posterior, también en España.

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Trento y el fin del matrimonio clandestino: el decreto Tametsi

En su sesión XXIV, del 11 de noviembre de 1563, el Concilio de Trento aprobó el decreto Tametsi: el matrimonio debía celebrarse ante el párroco y dos o tres testigos, tras tres amonestaciones públicas, o sería nulo. El capítulo VIII castigó el concubinato con la excomunión tras tres advertencias desatendidas.

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Casarse por la Iglesia en España: qué validez civil tiene

Sí. Según el artículo VI del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre asuntos jurídicos, firmado el 3 de enero de 1979 y en vigor desde el 4 de diciembre de ese año, el matrimonio canónico produce efectos civiles desde su celebración, aunque su pleno reconocimiento exige inscribirlo en el Registro Civil.

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Divorciados vueltos a casar: del Catecismo a Amoris laetitia

El Catecismo (n. 1650) sostiene que, si el primer matrimonio era válido, la nueva unión civil no se reconoce y quien vive en ella no puede comulgar mientras dure la situación. Amoris laetitia (2016), en su capítulo octavo, pide acompañar y discernir las situaciones llamadas «irregulares», y su alcance práctico sigue discutido.

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Derecho

Cuando el adulterio era delito en España: la reforma de 1978

En España, el adulterio y el amancebamiento dejaron de ser delito con la Ley 22/1978, de 26 de mayo, publicada en el BOE del 30 de mayo de 1978. Derogó los artículos 449 a 452 del Código Penal, que castigaban con prisión menor a la mujer casada adúltera y, de forma más restringida, al marido amancebado.

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La infidelidad ya no es causa de divorcio: el cambio de 2005

No. Desde la Ley 15/2005, de 8 de julio, el divorcio en España no exige probar ninguna causa: basta con que uno de los cónyuges lo pida, pasados tres meses desde la boda, plazo que no se exige si hay riesgo para su vida o integridad. La infidelidad dejó de ser un motivo que hubiera que alegar o demostrar.

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De 13 a 16 años: la reforma de la edad de consentimiento sexual

En España la edad de consentimiento sexual es de 16 años. La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, la elevó desde los 13 años, con efectos desde el 1 de julio de 2015. La ley excluye la responsabilidad penal cuando el autor es una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.

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Vivir en pareja sin casarse: el marco legal de las parejas de hecho

Depende sobre todo de la comunidad autónoma. España no tiene una ley estatal general de parejas de hecho: desde la ley catalana de 1998, las regulan normas autonómicas con registros y requisitos propios. En la STC 93/2013, el Tribunal Constitucional anuló varios preceptos de la Ley Foral navarra 6/2000, entre ellos uno por invadir competencias del Estado.

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Fidelidad conyugal en el Código Civil: una obligación sin castigo

El artículo 68 del Código Civil obliga a los cónyuges a guardarse fidelidad, pero incumplirlo no es delito desde 1978 ni causa de divorcio desde 2005. En 1999 el Tribunal Supremo rechazó indemnizar el daño moral causado por la infidelidad; desde la reforma de 2005, parte de la doctrina y algunas audiencias provinciales discuten si cabe responsabilidad civil.

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Lengua

De la bóveda romana al pecado: la historia de «fornicar»

Según el Diccionario de la lengua española, fornicar es tener ayuntamiento o cópula carnal fuera del matrimonio. Procede del latín tardío fornicari, derivado de fornix, que significaba «arco» o «bóveda» y acabó designando el burdel, quizá porque las prostitutas romanas esperaban bajo las arcadas de ciertos edificios.

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Mancebo, mancebía, amancebarse: una familia de palabras

Amancebarse significa convivir en pareja sin estar casados, y el DLE marca amancebamiento como término a veces despectivo. Viene de mancebo, «joven». Mancebía, formada con mancebo y el sufijo -ía, designó la juventud antes de nombrar la relación de amancebamiento y, sobre todo, el prostíbulo. El coloquial arrejuntarse remite hoy a amancebarse.

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Adulterio, concubinato e infidelidad no significan lo mismo

Según el DLE, el adulterio es la relación sexual voluntaria entre una persona casada y otra que no es su cónyuge; el concubinato, la relación marital de dos personas que no están casadas; y fornicar, tener cópula carnal fuera del matrimonio. Adulterio procede del latín adulterium y concubinato, de concubinatus.

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«Poner los cuernos»: una expresión con siglos de historia

En el DLE, cuerno tiene una acepción coloquial, «infidelidad matrimonial», usada sobre todo en plural, como en «poner los cuernos» o «llevar los cuernos». La palabra viene del latín cornu. En América hay variantes: cachos en Colombia, Perú y República Dominicana, o guampudo, para la persona engañada, en Argentina y Uruguay.

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Estupro: una palabra jurídica con mucha historia

El DLE define el estupro, en derecho, como el acceso carnal con una persona de entre 12 y 18 años aprovechando una situación de superioridad, o con una de entre 12 y 16 años mediante engaño. Su sentido histórico aludía a la relación con una joven soltera o una viuda sin su libre consentimiento. Viene del latín stuprum.

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Historia

Inquisición y «fornicación simple»: cuando opinar era delito

La Inquisición española, fundada en 1478 y abolida en 1834, no castigaba la fornicación en sí, sino la «proposición» de que la fornicación simple, la relación entre solteros, no era pecado, por contradecir la doctrina. Entre 1560 y 1700 tramitó 14.319 procesos por proposiciones, categoría que agrupaba distintos delitos verbales.

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Bigamia y solicitación: los delitos sexuales ante el Santo Oficio

Además de las «proposiciones», la Inquisición española juzgó la bigamia, por atentar contra el sacramento del matrimonio, y la solicitación, cuando un confesor proponía relaciones a quien se confesaba: entre 1560 y 1700 hubo 2.790 y 1.241 procesos respectivamente. Los bigamos varones solían ser condenados a cinco años de galeras.

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La barraganía: un concubinato tolerado en la Castilla medieval

La barraganía fue una forma de concubinato estable tolerada por el derecho castellano medieval, tanto entre laicos como entre clérigos. Las Siete Partidas exigían que la barragana fuera soltera y libre y que el hombre no estuviera casado. La Iglesia la condenó una y otra vez en concilios y sínodos.

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Mujeres juzgadas por adulterio en la España de Franco

El Código Penal de 1944 castigaba con prisión de seis meses a seis años a la mujer casada que tuviera relaciones con otro hombre, mientras el marido solo cometía delito si mantenía una «manceba» en casa o de forma notoria. Procesos como el de María Ángeles Muñoz en 1976 movilizaron al feminismo hasta la derogación de 1978.

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Del divorcio de 1932 al de 1981: una historia interrumpida

España aprobó el divorcio en 1932, durante la Segunda República, pero el franquismo suspendió los procesos en 1938 y derogó la ley en 1939. El divorcio volvió con la Ley 30/1981, en vigor desde el 9 de agosto de 1981, y la Ley 15/2005 suprimió la necesidad de alegar causa.

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Sociedad

Casi la mitad de los niños nacen fuera del matrimonio en España

En 2016, el 45,9 % de los nacimientos en España fue de madres no casadas, frente a un fenómeno todavía marginal a mediados de los años noventa. Las diferencias regionales son grandes: en 2011 el porcentaje rozaba el 59 % en Canarias y era del 30,7 % en Murcia. La media de la OCDE era del 41 % en 2018.

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Cuántos matrimonios se rompen en España: las cifras del INE

Según el INE, en 2023 hubo en España 76.685 divorcios, un 5,7 % menos que en 2022, y 3.380 separaciones, lo que da una tasa de 1,7 rupturas por cada 1.000 habitantes. El 81,6 % de los divorcios fue no contencioso y los matrimonios disueltos habían durado de media 16,4 años.

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Casarse cada vez más tarde: el matrimonio en España en cifras

Según el INE, en 2023 se celebraron en España 172.430 matrimonios, un 3,7 % menos que el año anterior. La edad media al casarse fue de 39,6 años en los hombres y 36,9 en las mujeres, incluidas segundas nupcias. En la Unión Europea, la tasa de nupcialidad cayó de 8,0 por 1.000 habitantes en 1964 a 3,9 en 2024.

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Qué piensan los españoles de la infidelidad: lo que dicen las encuestas

En la encuesta Global Morality de Pew Research, realizada en 2013, seis de cada diez españoles o más calificaban de moralmente inaceptable la infidelidad conyugal. En Francia la proporción era del 47 %, la más baja de los países estudiados, y la mediana global se situaba en el 79 %.

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Convivir antes o en vez de casarse: el cambio de una generación

La convivencia sin matrimonio, descrita como un fenómeno marginal en España a mediados de los años noventa, ha crecido con fuerza desde entonces. Lo reflejan dos datos: en 2016 el 45,9 % de los nacimientos fue de madres no casadas y en 2023 se celebraron 172.430 matrimonios, un 3,7 % menos que el año anterior.

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Cultura

La Celestina: amor fuera del matrimonio y castigo en 1499

La Celestina, publicada como Comedia de Calisto y Melibea hacia 1499 y ampliada luego como Tragicomedia en 21 actos, narra los amores secretos de dos jóvenes facilitados por una vieja alcahueta. Todo termina en muerte. Atribuida a Fernando de Rojas, fue expurgada por la Inquisición en 1632 y prohibida en 1792.

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Don Juan, del castigo divino a la salvación por amor

En El burlador de Sevilla, publicado en 1630 y atribuido a Tirso de Molina, el seductor Don Juan engaña a varias mujeres y la estatua del comendador lo arrastra al infierno. En el Don Juan Tenorio de José Zorrilla (1844), en cambio, la intercesión de doña Inés lo salva. Son las dos versiones españolas principales del mito.

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La Regenta: el adulterio que escandalizó a Oviedo

La Regenta, de Leopoldo Alas «Clarín», publicada en dos tomos en 1884 y 1885, sigue a Ana Ozores, esposa de un antiguo regente, cortejada por el seductor Álvaro Mesía y por el magistral Fermín de Pas. Su adulterio, descubierto, la deja socialmente arruinada. El obispo de Oviedo publicó una pastoral contra la novela.

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Lorca y la honra: deseo y represión en dos tragedias

En Bodas de sangre, estrenada en 1933 e inspirada en un crimen ocurrido en Níjar en 1928, una novia huye con Leonardo, un hombre casado, y la honra acaba en muerte. En La casa de Bernarda Alba (1936), una madre impone ocho años de luto a sus hijas y la pasión de Adela por Pepe el Romano termina en tragedia.

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Celestina: cuando un personaje se convierte en palabra

Según el DLE, una celestina es una alcahueta, es decir, alguien que concierta una relación amorosa; en uso irónico, también quien facilita en secreto contactos políticos o comerciales. La palabra procede, por alusión, de Celestina, la alcahueta de la Tragicomedia de Calisto y Melibea, la obra conocida como La Celestina.

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